martes, 13 de diciembre de 2011

DISENSO

  •                                     
  • Se denomina consenso a un acuerdo entre dos o más personas en torno a un tema. La expresión de la falta de consenso es el disenso.
    • Conformidad de las partes para dejar sin efecto las partes lo que por ellas convenido en total antes del cumplimiento o para lo sucesiva forma.

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